Instituto de Derechos Humanos de la UCA

Sobre la Desaparición de personas

28/10/2021

Sobre la Desaparición de personas
28-octubre-2021

Por: Jorge Alberto Rodríguez, coordinador técnico del Observatorio Universitario de Derechos Humanos.

La desaparición de personas se ha configurado como una de las principales vulneraciones a los derechos fundamentales sin que hasta la fecha el estado salvadoreño haya podido configurar una respuesta integral y efectiva tanto para contribuir a la prevención de la misma, como para atender en debida forma a las víctimas y sus familiares.

Si bien es cierto, que en el contexto del conflicto armado interno la desaparición forzada de personas se configuró como una estrategia del Estado y de los cuerpos represivos para atentar contra opositores y demás actores disidentes, en el contexto de la violencia actual la desaparición ha sido una práctica criminal sistemática, mayoritariamente atribuida a las pandillas y el crimen organizado, aunque también se han documentado casos producidos por agentes estatales y personas del círculo cercano a las víctimas como el círculo familiar, laboral y comunitario.

Frente a esta grave situación, el primer elemento preocupante ha sido la desarticulación entre las diferentes instituciones del Estado que tienen competencia legal para prevenir, investigar, judicializar y sancionar este tipo de vulneraciones. Incluso las instituciones de DDHH que solicitan información sobre los casos de desaparición, reciben de las dependencias estatales datos diferentes para los mismos períodos de tiempo.

Uno de los síntomas más visibles de esta desarticulación es la ausencia de un registro único de personas desaparecidas, lo que impone dificultades y limitantes para establecer patrones y generar evidencia que nos ayude a conocer mejor el fenómeno y a partir de este conocimiento, desarrollar mejores políticas de prevención e investigación. Esto ha generado, por ejemplo, que tanto la FGR, la PNC, el IML, la PDDH tengan registros significativamente diferentes entre sí sobre el número de personas desaparecidas.

La PNC, por ejemplo, registra en el año 2020 un total de 1534 denuncias de personas desaparecidas, la FGR por su parte registra 662 en el mismo periodo, lo que representa un subregistro del 43%. Entre enero y junio del 2021, mientras que la PNC reporta 989 denuncias, la FGR solo registra 610. Antes de 2019, la FGR no era capaz de dar un número oficial y específico de víctimas de desaparición ya que las denuncias de personas desaparecidas se encuentran diluidos bajo un tipo delictivo que incluye otras formas de vulneración del derecho a la libertad, diferentes a la desaparición. La tipificación más frecuente era la de privación de libertad, que como sabemos es sumamente amplia y diferente de la desaparición forzada. 

A pesar de que el 30 de julio de 2019 se anunció la conformación de la Mesa Bipartita entre la PNC y la FGR y que uno de los aspectos a trabajar sería la homologación de cifras de desapariciones1, su trabajo no ha logrado articular los registros y dar finalmente información precisa y veraz. Contrario a eso, se ha reducido la información pública sobre el tema y se han utilizado recursos legales para impedir que los medios independientes informen a profundidad sobre temas relacionados con la desaparición de personas, como lo es el caso Chalchuapa. 

Tomando de base, los datos de la PNC, con 1534 desaparecidos en 2020 y 989 hasta junio del 2021, el promedio de desapariciones paso de 128 a 165 desapariciones mensuales, y el promedio diario paso de 4.2 a 5.5. Es decir un aumento aproximado del 29%. Al comparar los datos de la FGR, las 1,192 personas desaparecidas anunciadas por la representación del estado el 21 de octubre en la audiencia y compararlas con las 662 del 2020, el aumento llegaría al 80%. 

Pero no solo el registro de desapariciones ha aumentado, sino también el porcentaje de casos que siguen activos: Entre junio y diciembre de 2019 las autoridades reportaban que 370 casos de los 1228 reportados seguían desaparecidos; esto representaba un 30% de casos activos. Entre enero y junio del año actual este porcentaje aumentó al 40%, siendo los casos activos 393 de los 989 reportados.

En los últimos años, de cada 10 víctimas 7 eran hombres y 3 eran mujeres. En el caso de las mujeres, entre junio de 2019 y junio de 2021, el 50% eran niñas y adolescentes menores de edad. En el caso de lo hombres, el grupo etario más afectado fue el de los 18 a los 30 años, representando un 49%.

En el caso de niñas y mujeres, la desaparición se produce como objeto de venganza y medio para marcar territorios, y se caracteriza por privaciones temporales de libertad en las que son agredidas y abusadas sexualmente. Con frecuencia concluyen en feminicidios y desaparición de los cuerpos de las víctimas. En el caso de adolescentes y hombres, se producen como represalia por negarse a participar en las actividades de las pandillas o a incorporarse o salir de estas. La disputa de territorio y la venta de drogas, el dar información a la policía o transitar por lugares de “dominio de la pandilla contraria” son otras de las causales. En el caso de mujeres trans, hay nula investigación, probablemente relacionado a estereotipos de género que prejuzgan a la víctima o la culpabilizan de la desaparición.

Frente a este panorama, los colectivos de víctimas y las organizaciones de derechos humanos que acompañan a las víctimas y personas que buscan desaparecidos han denunciado serias deficiencias como por ejemplo que las instituciones no reciban su denuncia, argumentando que se debe esperar 24 o 72 horas después de la desaparición para darle curso. Tampoco se da información suficiente a los familiares sobre las diligencias de investigación. Y con frecuencia los propios agentes de autoridad reproducen estereotipos estigmatizantes contra las víctimas, según la población a la que pertenezcan, sean mujeres, jóvenes de zonas de riesgo o población LGBTI.

Este tipo de dificultades contraría estándares internacionales y nacionales sobre la búsqueda de personas desaparecidas y pone en duda los mínimos avances en torno al fortalecimiento institucional de búsqueda de personas desaparecidas. Si bien es cierto ya se cuenta con un Protocolo de Acción Urgente y una Estrategia de Búsqueda de Personas Desaparecidas, así como un Instructivo de búsqueda de personas y la reforma penal que tipifica la desaparición por particulares (Art. 148 A), aún está pendiente el establecimiento de la Comisión Interinstitucional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas  en el contexto actual. Falta también un Banco Nacional de Datos Genéticos, e incluso el  registro nacional de personas desaparecidas y la ratificación de instrumentos internacionales en materia de desaparición forzada.


1 https://www.fiscalia.gob.sv/para-homologar-cifras-de-personas-desaparecidas-fgr-y-pnc-conforman-mesa-bipartita/