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año 17 número 715 junio 26 1996 ISSN 0259-9864 La renuncia del Inspector General de la PNC Frágil consenso en la ratificación de las reformas constitucionales Algunas limitaciones del sistema bancario nacional A propósito de la captura de los estudiantes universitarios Nicaragua: panorama electoral Uno de tantos casos... Conferencia Internacional sobre Protección de los Defensores de los Derechos Humanos en el Continente Americano y el Caribe La renuncia del Inspector General de la PNC El jueves 20 de junio, los medios de prensa del país informaron que el Inspector General de la Policía Nacional Civil, Víctor Manuel Valle, había presentado su renuncia al Presidente Armando Calderón Sol, a partir del primero de julio de 1996. La noticia no dejó provocar una cierta reacción de sorpresa en distintos sectores de la vida nacional, sobre todo por el motivo aducido por Valle para retirarse del cargo, a saber: una presunta falta de respeto hacia su persona por parte del Subdirector de operaciones de la PNC, Rolando García. En palabras de Valle: "el día de ayer [18 de junio], he sido afectado por el irrespeto a mi investidura perpetrado por el Sub-director de operaciones de la P.N.C, Lic. Rolando García, que me ha hecho pensar en sobre la conveniencia de permanecer en el cargo". La nota del Inspector General no añade más en torno al mencionado irrespeto, con lo cual quedó en la oscuridad el carácter del mismo; es decir, si se trató de un asunto meramente personal o de algo institucional. Posteriormente, la prensa no sólo reveló algunos datos adicionales sobre las razones de la renuncia de Valle -la oposición de García a una presunta encuesta a ser respondida por los agentes ordenada por el Inspector General-, sino que informó de la posibilidad de que éste reconsiderara su decisión. Como quiera que sea, la situación no está suficientemente clara en tanto que ni Valle ni García ni el Ministro de Seguridad, Hugo Barrera, han ofrecido una versión completa y coherente del problema. No se puede descartar a priori que diferencias personales entre Valle y García hayan podido llevar a que el primero presentara su renuncia. De ser ello cierto, el comportamiento de ambos funcionarios estaría evidenciando una total falta de profesionalismo en el desempeño de su trabajo, así como una manifiesta incapacidad para separar los compromisos laborales de los asuntos personales. El cargo desempeñado por Valle no es cosa de juego, y dejarlo por las razones aducidas por él hasta el momento es poco convincente y poco justificable. También cabe pensar que la renuncia de Valle obedece a razones más institucionales que personales. Es decir, cabe pensar que el comportamiento reciente de Rolando García -que habría rebalsado la paciencia del primero- sea parte de una secuencia de hechos que, más allá de lo personal, estarían reflejando una sistemática resistencia al papel desempeñado por el Inspector General de la PNC. Incluso se puede sospechar que, desde la llegada de Valle a la inspectoría de PNC, se haya comenzado a generar una prueba de fuerza entre quienes quieren hacer de la institución un reducto para sus fechorías y desmanes y el Inspector General, quien en coyunturas difíciles no sólo evaluó críticamente el papel de la policía, sino que dio muestras de una independencia que no puede ser tolerada por aquellos que ven en la PNC una instancia para sus propios fines y ansias de poder. De renunciar irrevocablemente Víctor Valle, estaría inclinando la balanza a favor los segundos. Y eso no puede dejar de ser preocupante, al menos por dos razones. En primer lugar, la PNC es una de las instancias más importantes formadas a raíz de los Acuerdos de Paz. Asimismo, sus responsabilidades en el mantenimiento de la seguridad ciudadana y el respeto de los derechos humanos son tan decisivas para el avance del proceso de democratización que no pueden ser socavadas por individuos o grupos que persiguen fines distintos e incluso opuestos a la naturaleza de la institución policial. Más bien, el cumplimiento de esas responsabilidades tiene que ser potenciado con mecanismos diseñados expresamente para ello. Precisamente, uno de esos mecanismos es la inspectoría general, cuya función de fiscalización del desempeño policial no sólo debe apegarse a la legalidad, sino que debe estar animada por el espíritu democratizador de los Acuerdos de Paz. Quien no asuma este espíritu -es decir, quien piense que los Acuerdos de Paz no significan nada o que son letra muerta- no puede ser un buen Inspector General de la PNC. Y, en segundo lugar, existen fuertes sospechas de que al interior de la PNC existen grupos e individuos no sólo proclives al crimen y a la delincuencia, sino con fuertes simpatías hacia el autoritarismo de derecha. Es decir, grupos e individuos con esquemas mentales y de comportamiento que los harían más candidatos idóneos para integrar los antiguos cuerpos de seguridad que para ser miembros de una institución diseñada para fortalecer un ordenamiento democrático. Combatir de esas simpatías autoritarias y la proclividad al crimen y a la delincuencia al interior de la PNC es una tarea que no puede ser eludida por el Inspector General; pero ello requiere no sólo independencia, honestidad y valentía, sino un compromiso inclaudicable con los valores y reglas de la democracia. Víctor Valle ha demostrado no ser ajeno ni al espíritu de los Acuerdos de Paz ni las exigencias de la democracia. Quizás ello explique las resistencias que ha encontrado en su desempeño al interior de la PNC. Al renunciar, sin embargo, facilita las cosas a quienes le han entorpecido su trabajo y le han socavado su autoridad. Por eso es conveniente que el Inspector General reconsidere más serenamente su decisión; que medite sobre las consecuencias nefastas que se pueden seguir de una inspectoría general en manos de alguien que se convierta en marioneta y/o cómplice de los desmanes de policías inescrupulosos. Pero no se trata de dejar todo en manos del Inspector General. Las instancias políticas del país -que dicen estar comprometidas con la democracia- deben dar un respaldo decidido a Valle no sólo en esta particular situación, sino en el desempeño cotidiano de sus funciones. También deben de hacerlo los grupos empresariales a quienes debe preocuparles que las bandas del crimen organizado y la competencia desleal de quienes viven de negocios ilícitos encuentren protección en la policía. Finalmente, el tener una inspectoría independiente y crítica es un asunto que debe preocupar al conjunto de la sociedad, la cual -a través de sus diversas organizaciones- debe apoyar el desempeño de Valle. El saneamiento, transparencia y legalidad de la PNC constituyen requisitos imprescindibles para hacer de esa institución un pilar de una sociedad mínimamente democrática. Es obligación de todos hacer resistencia a quienes quieren desvirtuar, con fines inconfesables, la naturaleza de la PNC. Frágil consenso en la ratificación de las reformas constitucionales Una de las áreas del Acuerdo de Paz que ha evolucionado muy lentamente en su desarrollo es la relativa a la creación y/o modificación del marco legal constitutivo de la nación en su conjunto y, en particular, del nuevo régimen político en construcción. Como sabemos, la reforma política proyectada y en curso de ejecución -al menos en su dimensión constitucional, dado que comprende también el terreno electoral y de la administración de justicia- resulta quizás menos llamativa en términos de debate y controversia dentro de la opinión pública aunque tal reforma sea, por su propia naturaleza, sumamente decisiva en la configuración jurídico-institucional del nuevo ordenamiento democrático deseado. Cabe traer a cuenta que hace poco más de dos años la anterior Asamblea Legislativa aprobó un grupo de 16 reformas a la Constitución (Proceso, 607) inspiradas algunas de ellas en las conclusiones del informe de la Comisión de la Verdad y destinadas a facilitar la consolidación de la democracia y del Estado de derecho en el país. En concreto, las reformas más profundas (y a decir verdad también más polémicas) eran aquellas diseñadas para garantizar un debido proceso legal a cualquier imputado. Naturalmente, de acuerdo con el procedimiento de reforma constitucional vigente, esas reformas para entrar en vigor deberían ser ratificadas por la actual legislatura. Sin embargo, el debate sobre este punto en el seno de la Asamblea Legislativa empezó a manifestarse solamente hasta los últimos meses del año recién pasado cuando dos de ellas de menor envergadura y potencial de controversia pudieron ser ratificadas (artículos 120 y 195 de la Constitución). Ha sido a lo largo del transcurso del presente año cuando, finalmente, la urgencia de ratificar las reformas pendientes fue cobrando fuerza de manera progresiva al interior de las distintas fuerzas políticas representadas en el órgano Legislativo. Y, desde entonces, quedó claro que la reforma más controversial sería la del artículo 12 en razón de la cuál se quería privar de todo efecto legal a la confesión extrajudicial así cómo también el garantizar el ejercicio del derecho a la defensa y representación de un abogado de oficio desde los primeros actos del procedimiento judicial en contra de un imputado. De hecho, la representación legislativa de ARENA dejó completamente claro en diversas oportunidades su decidida oposición en contra de la ratificación de las anteriores disposiciones. Por su parte, la oposición parlamentaria obstaculizó la ratificación del resto de reformas si no era incluida la aprobación de las medidas mencionadas. Así las cosas, el impasse en torno al tema pudo ser al fin superado tras la última visita al país de Alvaro de Soto, el enviado del Secretario General de la ONU, para verificar el cumplimiento de los Acuerdos de Paz, quién apelando a su capacidad mediadora logró que los legisladores de ARENA y de la oposición alcanzaran un acuerdo al respecto. Ha sido éste un acuerdo frágil y problemático, pero que, después de todo, ha allanado el camino para ulteriores y necesarios avances en este importante ámbito superestructural. Las reformas ratificadas El resultado alcanzado luego de las negociaciones entre la representación parlamentaria de ARENA y la de la oposición ofrece el siguiente balance. Cinco reformas fueron ratificadas contando con los votos de la totalidad de los parlamentarios. Estas son las reformulaciones comprendidas en los artículos 11, 14, 17, 159 y 187 constitucionales. Específicamente, las reformas que entran en vigor son: 1) la garantía del habeas corpus cuando cualquier autoridad atente contra la dignidad de las personas (art. 11); 2) el máximo tiempo autorizado para cualquier detención administrativa se reduce de quince a cinco días (art. 14); 3) también se establece la indemnización a las víctimas de errores judiciales y asimismo se acepta la responsabilidad legal del funcionario judicial y del Estado en la comisión de esos posibles errores (art. 17); 4) autorizar a la PNC para que cumpla no sólo con labores de policía urbana sino que también desempeñe tareas de policía rural. Igualmente, autorizar a la PNC para que colabore en la investigación del delito (art. 159); y, finalmente, 5) El facultar a la Asamblea Legislativa en lugar de la Corte Suprema de Justicia el destituir a los miembros del Consejo Nacional de la Judicatura, toda vez que se realice por medio de la votación calificada (art. 187). Otras cinco reformas fueron modificadas dejando, en consecuencia, su ratificación en manos de la próxima legislatura. De esta suerte, los artículos 12 (sobre la polémica generada en torno a esta reforma nos referimos a continuación); 68 (ampliación en la integración del Consejo Superior de Salud Pública); 174 (el recurso de amparo podrá ser conocido por otras salas de la Corte Suprema de Justicia); y, 190 (establece la creación del Consejo Nacional de Abogacía y Notariado), tendrán que esperar al menos varios meses para su potencial entrada en vigor. Finalmente, los parlamentarios rechazaron dos reformas a los artículos 131 y 172, los cuales, en consecuencia, ya no serán ratificados ni reformulados. En cambio, los artículos 193 y 274 -que se refieren, respectivamente, a la autorización para la investigación del delito en forma conjunta de la Fiscalía y la PNC, así como que el habeas corpus sea conocido por juzgados de Primera Instancia- han quedado en condición de reserva para ser estudiados y analizados en la correspondiente Comisión Legislativa para eventualmente proceder a su posterior dictamen dentro de la presente legislatura. Como habíamos adelantado, el centro de las disputas intralegislativas en este proceso de ratificación de las reformas constitucionales se concentró, con particular agudeza, en la propuesta de reformulación del artículo 12. El espíritu de la propuesta de ratificación constitucional en este punto quería convertirse en la espina dorsal de la garantía del debido proceso dentro del sistema judicial salvadoreño. En este sentido, la pretendida reforma del artículo 12 tenía como objetivos tanto el privar de una buena vez de todo efecto legal y condenatorio a la confesión extrajudicial como el de asegurar la vigencia, en toda circunstancia, de la presunción de inocencia del reo. Otro objetivo habría sido también el fortalecer el ejercicio del derecho a la defensa desde los primeros actos del procedimiento. Sin embargo, ninguno de estos objetivos pudo ser alcanzado plenamente. La cerril negativa de ARENA y el ablandamiento de la oposición política hizo que, en la reformulación de la nueva propuesta de reforma, la confesión extrajudicial continúe guardando validez mientras que el derecho de defensa no haya quedado totalmente garantizado. En palabras del parlamentario de izquierda Miguel Sáenz: "aceptamos la declaración extrajudicial, pero que sea voluntaria, ante autoridad competente y con presencia del defensor". Por su parte, el también diputado del FMLN, Gerson Martínez, justificó la nueva redacción al artículo 12 constitucional al señalar que "se ha dejado como prueba válida, pero no única, la confesión extrajudicial pero con la asistencia del defensor". El avance en materia de reforma constitucional alcanzado es, a pesar de sus avatares e insuficiencias, muy importante y positivo. Es evidente, sin embargo, que en este terreno -como en otras áreas de construcción de un régimen democrático- aún hace falta mucho por hacer. Algunas limitaciones del sistema bancario nacional Durante las últimas décadas el sector financiero salvadoreño ha sido objeto de cuestionamientos por sus efectos sobre la equidad y el crecimiento económico; inclusive se han desarrollado procesos de nacionalización y reprivatización del sector. Teóricamente, la intermediación financiera debería estimular el desarrollo colocando ahorros del público en proyectos de inversión pero, en el caso de El Salvador, esto no ha sido suficiente para encarrilarse en la senda del desarrollo. La nacionalización del sistema financiero en 1980 obedeció, según el decreto que la originó, a que "los criterios utilizados por bancos y otras instituciones financieras han tenido como resultado la concentración del crédito" y ello justificaba la nacionalización del sistema financiero para orientarlo a "promover el bienestar general de la población". Sin embargo, los resultados de la nacionalización no introdujeron mayores cambios en el comportamiento del sistema financiero y el "bienestar general" continuó siendo excluido de sus objetivos. Tanto en las épocas de la banca privada como en las de la estatizada, la banca funcionó bajo condiciones de ineficiencia macro y micro económica, a lo cual se ha agregado el efecto que los esquemas de asignación del crédito han tenido sobre el crecimiento económico. La reprivatización del sistema financiero durante la década de 1990 se presentó como una solución a los problemas de ineficiencia de la banca y, en general, como una medida necesaria para el desarrollo. A seis años de iniciado el proceso, podría aceptarse que ha mejorado la eficiencia del sistema financiero, pero también es notorio que este es fuente desestabilización económica y de concentración del crédito en actividades no productivas. En las siguientes líneas se busca establecer algunos de los defectos comunes a la banca privada, estatal y a la reprivatizada que explican grandemente sus diferentes transformaciones. Con ello se busca demostrar que la problemática planteada por el funcionamiento de la banca no es nueva y que, en los últimos años, han surgido nuevas obstáculos para el crecimiento económico. Banca privada y estatal De acuerdo al Presidente del Banco Central de Reserva (BCR), Roberto Orellana Milla, durante la mayor parte de la década de 1980, antes de su nacionalización, la banca presentaba problemas que se relacionaban con su incapacidad para apoyar la producción de bienes para la satisfacción de las necesidades básicas, la diversificación de las exportaciones y la democratización del crédito. Desde su surgimiento la banca estuvo en función de los intereses los intereses de los agroexportadores, quienes además se convirtieron en banqueros y dirigieron las políticas del sistema financiero. Algunos de las situaciones que se generaron a partir de esto fue la centralización administrativa, la concentración del crédito en los grandes productores y la concentración sectorial del crédito en el comercio y la agricultura. Eran estas las dinámicas que la nacionalización de la banca pretendían revertir. Una evaluación del funcionamiento de la banca nacionalizada muestra que existió un proceso de cambio en el personal gerencial, nombrado bajo criterios políticos, y que apoyaba el proceso reformista iniciado desde finales de 1980. Esto condujo no sólo a un nuevo tipo de centralización administrativa, sino también a una utilización de los recursos financieros por el ejecutivo. De esta forma se incrementó enormemente los créditos otorgados por el BCR a las instituciones estatales. Adicionalmente, los mismos sectores que no accedían al crédito durante la época de la banca privada tampoco lo hicieron durante la época de la banca nacionalizada, es decir, que se dejó intacta la estructura de concentración del crédito en las grandes empresas. Por otra parte, se logró establecer que las actividades de exportación (café) y de comercio incrementaran notablemente su participación en el total del crédito; mientras que la manufactura y la producción para el consumo interno disminuyeron su participación. Tendencias recientes La reprivatización de la banca no ha introducido mayores cambios en aspectos como la democratización de la administración bancaria, la asignación sectorial del crédito o su desconcentración. Más bien, ha sido una medida que ha pretendido, más que anular estas problemáticas, volver a la situación previa a la nacionalización. La reprivatización pretendió democratizar la propiedad de los bancos facilitando el acceso de los trabajadores, pero la realidad es que existieron anormalidades en el proceso que favorecieron la concentración de la propiedad en pocas manos. Al igual que en el pasado, el comercio es el sector que recibe mayor proporción del crédito, mientras que la construcción es uno de los sectores que más rápidamente han aumentado su participación en el mismo. En cambio, la producción para el consumo interno (granos básicos) se enfrenta a reducciones continuas de sus asignaciones crediticias. Por otra parte, la participación de la micro y pequeña empresa en la asignación del crédito aún es incipiente y representa sólo una pequeña proporción de aquél. A estos problemas tradicionales se ha agregado un problema de igual o mayor importancia originado por los ajustes de las tasas de interés realizadas por los nuevos bancos privados. Bajo el nuevo esquema de funcionamiento, las tasas de interés han alcanzado niveles inusitadamente altos que reducen la inversión, aunque sin afectar la rentabilidad de los bancos, pues la diferencia entre tasas activas (cobradas por los préstamos) y las pasivas (pagadas por los ahorros) ha aumentado. No es de extrañar entonces que en la actualidad sea el sector financiero el que presenta los mayores niveles de crecimiento económico, pese a que los restantes sectores enfrentan una reducción de su crecimiento. Asimismo los esquemas de funcionamiento de la banca reprivatizada, al fomentar fuertes incrementos del crédito total, inclusive han llegado a amenazar los logros en materia de estabilización económica, específicamente en lo que toca a la reducción de la inflación. Los avatares del sistema financiero Es indudable que el sistema financiero se ha constituido en un obstáculo para los objetivos del crecimiento de la producción para el consumo interno y para el crecimiento de la micro y pequeña empresa. El fracaso de la estatización de la banca no significa que las razones que la inspiraron no sean legítimas. La problemática de la banca no se soluciona simplemente cambiando su forma de propiedad; existen causas estructurales que explican sus patrones de comportamiento. La concentración económica determinó que la propiedad de la banca también estuviera concentrada desde su fundación; en la actualidad, la permanencia de condiciones de concentración también ha sobredeterminado el que la propiedad de la banca continúe concentrada. Los intereses del sector financiero son tan particulares que inclusive han entrado en franca contradicción con los objetivos de gremiales empresariales y del gobierno mismo. El comportamiento reciente del crédito ha motivado la intervención del Estado para restringir su crecimiento, mientras que los criterios de asignación sectorial del crédito y la elevación de las tasas de interés han sido señaladas, tanto por el sector empresarial como por el gobierno, como algunos de los obstáculos para el desarrollo. Existen promesas presidenciales para reducir las tasas de interés y fomentar el crecimiento de los sectores productivos que implicarían intervención estatal en el funcionamiento del sistema financiero; falta por ver si en el actual contexto de euforia neoliberal estas son viables. Lo cierto es que la banca en manos privadas ha mostrado nuevamente su inviabilidad como instrumento para el desarrollo. A propósito de la captura de los estudiantes universitarios La rapidez en la aplicación de la justicia en El Salvador, y la equidad con que ello se lleva a cabo, depende mucho del peso político y económico de los involucrados. No se puede esperar, por consiguiente, y en ello están de acuerdo de una u otra forma la mayoría de los salvadoreños, que el proceso judicial que busca penalizar a un individuos que ha transgredido las leyes sea igual de eficiente cuando, por ejemplo, el imputado es un alcalde, un político o un simple delincuente. Asimismo, la objetividad de los resultados a los que llegue el proceso, independientemente de la contundencia o no de las pruebas presentadas, dependerá de que el veredicto de culpable o inocente implique señalar a grupos o facciones de los cuales el involucrado forme parte. Por lo anterior es que puede afirmarse que en el país existe, y ha existido desde siempre, un ámbito previo al de las instituciones responsables de aplicar la justicia; un ámbito que, definido por el poder político y económico de los individuos que habitan en él, libra de todo mal y daño a los que tienen el privilegio de vivir dentro de sus fronteras, los exonera de la responsabilidad de sus acciones y los convierte, a la luz de la justicia que opera fuera de él, en apriorísticamente inocentes. Todo conflicto, ya sea intergrupal o de ellos con individuos externos al grupo, deberá, entonces, ser resuelto de manera que impere la justicia verdadera, la que emana de la influencia política o económica, y no la aparente, la que proporciona la ilusión de la igualdad a los demás miembros de la sociedad. Cuando ya todo parecía apuntar a que la serie de atentados dinamiteros ocurridos en el mes de mayo hallaban su origen en los conflictos al interior del partido ARENA (Proceso, 707 y 711), gracias a la "providencial" declaración de dos testigos claves eran arrestados cuatro estudiantes, en teoría integrantes de la denominada "Voz Popular Revolucionaria" (VPR), por su supuesta participación en los atentados en mención. Con la captura, al parecer quedaron dos cosas claras: la primera, la Policía Nacional Civil estaba en la capacidad de descubrir y desmembrar a los grupos paramilitares con motivaciones políticas que operaban en el país (se demostraba que, pese a las críticas, la PNC sí operaba eficazmente al margen de los intereses políticos que pudieran estar involucrados); y, la segunda, que toda afirmación de una fractura en el partido ARENA, de cuya expresión serían los ataques en contra de las propiedades del expresidente Cristiani, era totalmente falsa. La autoría de los atentados no sólo no era responsabilidad de sujetos pertenecientes a la "línea dura" del partido, sino que recaía en individuos que, desde la versión de la historia oficial, siempre habían estado interesados en destruir el proceso de transición democrática del país. La reputación e integridad del partido ARENA y de los que ahora gobiernan quedaba así salvada. Ahora bien, para un análisis de la situación hay que considerar, en un primer momento, dos hechos del pasado que se vinculan directamente con los atentados y con la VPR: las recientes declaraciones del Ministro de Seguridad Pública, Hugo Barrera, en torno a la supuesta existencia de un plan de desestabilización del país, y el arresto, el 14 de agosto de 1995, de un miembro de la Asociación de Desmovilizados de la Fuerza Armada (ADEFAES) acusado de pertenecer al VPR. Algunos antecedentes Con el arresto de Francisco Rodríguez Quintanilla, bajo los cargos de actos de terrorismo, se intentó encontrar una relación forzada a dos de las más importantes coyunturas de ese momento: el accionar de la, hasta entonces desconocida, VPR, en reacción al incremento del pasaje del servicio público y las medidas económicas implementadas por la administración Calderón Sol, y las diferentes acciones de hecho que realizaban las asociaciones de desmovilizados en protesta por el incumplimiento, por parte del gobierno, de importantes cláusulas de los Acuerdos de Paz. La captura de Quintanilla beneficiaba al gobierno en dos sentidos: por un lado, se desvirtuaban las peticiones de los desmovilizados desde la hipotética vinculación de éstos con actividades de terrorismo (en los alrededores de las tres unidades de transporte que fueron quemadas se arrojaron panfletos en que la VPR se hacía responsable de los hechos por las motivaciones ya apuntadas) y, por el otro, el gobierno encontraba fundamentos para afirmar que la quema de unidades del transporte público no obedecía a la expresión de descontento de una facción que hacía suyo el malestar de los salvadoreños, sino a la acción terrorista de un grupo de fachada que buscaba desestabilizar el país y hacer valer sus intereses personales (los de ADEFAES, se entiende). Tal cosa fue afirmada, en reiteradas ocasiones, por funcionarios del partido ARENA, pese a que la PNC no pudo nunca vincular convincentemente al arrestado con ninguno de los dos grupos (ADEFAES y la VPR). Esta modalidad de interpretar y guiar las investigaciones, permitió desviar la atención, desde un grupo irracionalmente violento sin ninguna motivación más que la desestabilizadora, de la situación económica y social de la cual era responsable el gobierno. En este sentido, y desde esta lógica, la VPR (grupo que en ese momento venía al dedo por su anonimato y falta de motivaciones políticas claras) era la expresión de las remanentes terroristas de la post guerra y no la manifestación popular, desacertada si se quiere, de una situación social explosiva y difícil. Esta misma tónica, la de identificar un grupo social con intereses siempre oscuros de desestabilización para obviar situaciones reales de emergencia o la responsabilidad de los personeros del gobierno en ellas, fue aplicada cuando El Diario de Hoy sacó a la luz, el 16 de junio de este año, un supuesto plan de desestabilización de los sindicatos para impedir la privatización de las empresas públicas y ahuyentar a los posibles inversionistas. Dentro de las declaraciones que en su momento vertieron Hugo Barrera y el rotativo sobre el asunto, es importante resaltar que en ellas se insinuaba que los atentados del mes de mayo podrían ser fácilmente explicados como acciones que iniciaban y ponían en funcionamiento el plan de los sindicalistas. Así, los atentados en SISA y Santa Elena no estaban directamente orientados contra el ex-presidente Cristiani, sino que obedecían a una lógica aleatoria de desestabilización, la que casualmente había hecho blanco en propiedades cercanas a su persona. Consideraciones Al contrastar las dos situaciones analizadas con el reciente arresto de los cuatro estudiantes es posible obtener varias conclusiones e interrogantes: a) si, como se desprendía de las investigaciones policiales en torno a las primeras acciones de la VPR, ésta no era más que una agrupación de fachada que había surgido para responder al afán violento de ADEFAES, ¨cómo se explica ahora que ninguno de los sujetos arrestados pertenezca a esta institución o que las investigaciones no han encontrado ninguna vinculación entre ellos y aquélla?; b) si, tal como afirmaron Hugo Barrera y El Diario de Hoy, los atentados provenían del sector sindical, ¨por qué no se llevó a cabo una investigación policial que indagará sobre tal respecto? ¨Acaso se puede explicar la falta de investigación en el hecho de que era más fácil culpar a individuos aislados que hacer frente a un movimiento grande y organizado, el cual difícilmente se prestaría a servir de chivo expiatorio de la derecha?; c) las contradicciones y desatinos en las pruebas presentadas contra los supuestos culpables (tómese de ejemplo que el panfleto que estaba en posesión de uno de los acusados a todas señas no menciona ni a la VPR ni se identifica con ella y que el testigo "clave" acusa desde lo que oyó decir sobre los acusados) dan a pensar que a lo que se ha recurrido es a hacer recaer la responsabilidad de los atentados en sujetos con antecedentes, actividades y relaciones comunes, pero que sin embargo no guardan una relación directa con lo que se les acusa. En este sentido, más bien se ha utilizado que los cuatro fueron miembros o estuvieron vinculados a la ERP para hacer relación forzada entre ellos y los atentados. Si bien pudo habérseles encontrado panfletos, material de guerra o cuestiones similares, de ello no se desprende que sean culpables de los que se le acusa, pues entonces todo salvadoreño que poseyera tales cosas podría ser acusado de estar vinculado con los atentados. Las pruebas que se presenten deberán ser más que circunstanciales para poder decir que se está procediendo objetivamente y no apresuradamente por las urgencias de encontrar respuestas fuera del partido ARENA. Nicaragua: panorama electoral El actual panorama que presenta el proceso electoral en Nicaragua es aún incierto. Tal afirmación se hace a partir de lo siguiente: para mediados de mayo se esperaba que estuvieran las definiciones precisas sobre los candidatos y las alianzas y, sin embargo, esto no ha sido posible debido a la dinámica hasta hoy seguida en la campaña por las distintas fuerzas políticas. Asimismo, a pedido de 9 partidos políticos, la fecha de estas definiciones se prorrogó del 17 al 24 de mayo. En una campaña electoral en la que participan 43 partidos políticos y 22 candidatos presidenciales, lo que sí se evidencia es un cambio constante en las ofertas y demandas político-partidarias. Este es el caso, por ejemplo, del Movimiento de Renovación Sandinista (MRS), del que se esperaba que conformara una opción de centro izquierda, aglutinando así a varios partidos medianos que estuvieran dispuestos a superar la actual polarización existente entre el sandinismo y el liberalismo. No obstante, dicha institución ha mostrado lo contrario a lo esperado, al presentar como candidato a la Vicepresidencia a Leonel Argello, lo cual llevó a su máximo dirigente, Sergio Ramírez, a definir al MRS como "un partido de izquierda" y a afirmar que "vamos a reivindicar a la izquierda desde la tolerancia y la democracia, enterrando para siempre el verticalismo". Por lo dicho, es importante destacar que ante la actual situación que vive Nicaragua es fundamental que se presente una opción política capaz de aglutinar a otros sectores políticos y presentar conjuntamente una tercera opción que se perfile como respuesta a la actual polarización en la que se encuentra el país. De no ser así cabe esperar que se continúe con lo que hasta hoy ha venido arrastrando consigo el proceso político de dicho país. Cabe señalar, asimismo, que la polarización no es sólo interna, sino que está más allá de sus fronteras. No debe olvidarse que Nicaragua fue asediada por los Estados Unidos durante el tiempo en que el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) estaba en el poder; más aún, se trata de una polarización que amenaza con enrarecer el clima político nicaragense. Como muestra de ello, recientemente en declaraciones hechas por el representante demócrata Dan Burton - autor de la polémica Ley Helms Burton- ante el Congreso de su país éste afirmó que "hasta que la yerba venenosa del sandinismo no sea extirpada de raíz, Nicaragua seguirá sufriendo". Adicionalmente, en un tono muy similar a su compañero y en actitud beligerante, el coautor de la misma Ley, el senador Jesse Helms, al escribir al Secretario de Estado estadounidense hizo la siguiente afirmación: "tenemos serias reservas acerca de la imparcialidad y equidad del proceso electoral nicaragense". Ante la actual situación electoral que plantea Nicaragua es importante destacar la actitud hostil por parte de los estados Unidos y más concretamente de los autores de la Ley Helms-Burton hacia Nicaragua y de manera más particular hacia los sandinistas. Esa actitud, lejos de generar confianza para que este país pueda hacer un recorrido hacia la democratización, sólo contribuye a generar mayor escepticismo sobre el camino por donde se enrumba el proceso electoral. Fragilidad política Dentro de los últimos acontecimientos ocurridos en Nicaragua está el secuestro de cerca de 33 miembros del Consejo Supremo Electoral (CSE), así como de los cinco barqueros que operaban sus lanchas sobre el río Coco, cerca de la frontera con Honduras. El secuestro ocurrió el pasado 20 de junio y fue realizado por un grupo de 15 rearmados, al mando de Luis Rivera Herrera, alias "el licenciado". El secuestro fue una respuesta a la militarización que se dio en la zona por parte del ejército sandinista, con el fin de perseguir a los grupos de recontras que circulan por esos lugares. Asimismo, a pedido del gobierno de Chamorro, una delegación de la Comisión Internacional de Apoyo y Verificación de la OEA (CIAV-OEA) se trasladó -el mismo día en que se realizó el secuestro- hacia la frontera con Honduras para tratar de comenzar las negociaciones con los secuestradores. Lo señalado pone en evidencia cuán frágil es la situación política actual que se vive en Nicaragua y, por tanto, cuán distante está de alcanzar la estabilidad que tanto necesita este país. Ello muestra una vez más que el proceso de paz firmado por el gobierno de Chamorro y los grupos armados, justo cuando éste iniciaba su mandato, ha sido abortado; de no ser así, qué otra explicación cabría a lo recientemente ocurrido y a toda una serie de situaciones que se han venido dando después de que el FSLN fuera derrotado en las elecciones pasadas. Por de pronto, sólo resta esperar que los comicios electorales a realizarse en octubre próximo no se tornen violentos, sino que más bien puedan ser el inicio de una verdadera transición democrática. Uno de tantos casos... El señor Juan Herrera Hernández fue capturado el 18 de diciembre de 1993 por atribuírsele la comisión de una estafa. El mencionado señor fue puesto a la orden del juzgado de paz de San Pedro Perulapía, jurisdicción de Cuscatlán; posteriormente fue remitido al juzgado segundo de lo penal de Soyapango. El suyo es uno de esos miles de casos que mantienen en crisis al sistema penitenciario del país y que, además de otras tantas anomalías, revelan la retardación que existe al momento de impartirle justicia a las personas que no poseen muchos recursos económicos. Según el relato del señor Francisco Santos Ruiz, quien se considera ofendido por el señor Herrera, éste se comprometió a "curarle" a un familiar que no podía caminar a causa de una enfermedad que lo mantenía en una silla de ruedas; por ese "servicio", el presunto responsable del delito recibiría la cantidad de doce mil colones. El señor Herrera, por su parte, manifestó en su declaración indagatoria que la cantidad acordada no ascendía a doce mil colones sino a seis mil, y que ésta le fue entregada en calidad de préstamo que invertiría para trabajar en el campo, sin que se dejara constancia escrita de ningún convenio entre las partes. Nuestra Oficina de Asistencia Legal (OAL) tuvo conocimiento de este caso durante una visita que realizamos a la Penitenciaría Central "La Esperanza", en San Luis Mariona, el 19 de julio de 1995, a más de dos años de la captura del señor Herrera y su posterior remisión a prisión. En dicha visita el reo nos comunicó su problema, proporcionándonos datos necesarios tales como fecha de captura, número de causa, tribunal que conocía de la misma, delito en cuestión y nombre del defensor público que lo asistía. Desde esa fecha se intentó, constantemente, conocer el desarrollo del proceso en el tribunal correspondiente pero ello no fue posible porque --en la mayoría de las ocasiones-- sólo recibíamos respuestas como: "el expediente se ha extraviado"; "estamos de turno y no se lo podemos buscar"; "venga otro día, talvez ya se ha encontrado"; "estamos reponiendo diligencias, el proceso se ha perdido"; "la resolutoria está enferma, venga otro día"; "el proceso está para firma"; "el proceso está para sentencia". Incluso, en enero del presente año --siempre sin poder ver el expediente-- la misma secretaría del tribunal nos informó que el proceso se encontraba en firma y que desde hace tres meses se había elaborado la resolución para determinar la sentencia, la cual no se podía dictar aún porque existían diligencias que faltaban realizarse. Para ello, se había enviado un oficio al juzgado de paz de San Pedro Perulapía a fin de conocer más datos y poder pronunciar tal sentencia. Ojo: nunca supimos a qué diligencias se referían. Siempre durante ese mes, en el tribunal nos comunicaron que el defensor público pedía a los familiares del reo que se presentaran al departamento de lo penal de la Procuraduría General de la República (PGR), para cumplir con ciertos requisitos exigidos por dicha institución para, así, poder llevar a cabo las diligencias pendientes. Al igual que en el tribunal, nunca nos enteremos a qué diligencias se refería el funcionario de la PGR. Por las razones antes expuestas, es de señalar que nuestra OAL sólo tuvo una oportunidad para leer, en forma apresurada, el expediente; por ello, no pudimos realizar un análisis detallado de todo el desarrollo del proceso. En la práctica, culpable o no porque hasta la fecha el juez no ha dictado sentencia, el señor Herrera ha permanecido en prisión más de dos años y medio. De ahí que hayamos interpuesto a favor del reo, el 30 de abril del año en curso, un recurso de exhibición personal ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Considerando que el señor Herrera no había sido procesado en un plazo razonable, esta instancia resolvió ordenando la libertad del reo y solicitando por parte de la jueza una medida que garantice su posterior comparecencia al tribunal. Tal resolución de la Corte se emitió el 19 de junio, cincuenta días después de nuestra solicitud, y -- curiosamente-- en el juzgado segundo de lo penal de Soyapango se recibió hasta el 24 de junio. Ahora, estamos a la espera de que se decrete la inmediata libertad de esta persona. Dentro de la amplia gama de derechos humanos contemplados en la normativa internacional y la legislación nacional, podemos señalar que en este caso se violaron varios de ellos. Veamos algunos. El derecho a la libertad, específicamente en lo referente al uso del internamiento del reo como excepción y no como regla general, según se establece en el artículo 9.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuando dice: "La prisión preventiva de las personas que hayan de ser juzgadas no debe ser la regla general, pero su libertad podrá estar subordinada a garantías que aseguren la comparecencia del acusado en el acto del juicio, o en cualquier otro momento de las diligencias procesales y, en su caso, para la ejecución del fallo". También, dentro del derecho a la libertad, debe considerarse puntualmente la garantía que asiste al reo de ser juzgado en un plazo razonable, incluida en el artículo antes citado cuando señala que: "Toda persona detenida o presa a causa de una infracción penal será llevada sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales, y tendrá derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad". De igual forma, dicha garantía se contempla dentro de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 7.5: "Toda persona detenida o retenida debe ser llevada sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales y tendrá derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso". Con todo lo anterior y ante la evidente retardación de justicia en el caso que ahora nos ocupa, se violó además el derecho al debido proceso. Este es sólo un ejemplo de la ineficacia institucional para enfrentar problemas relacionados con la justicia: falta de criterio por parte de los funcionarios encargados de impartirla, nula iniciativa de las defensoría pública del Estado para hacer uso de recursos elementales, burocracia administrativa, negligencia en el resguardo de los expedientes y falta de comunicación a todo nivel. En otros casos --además de los tribunales y la PGR-- también la Fiscalía General de la República, la Policía Nacional Civil, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y el Ministerio de Justicia contribuyen, con su funcionamiento deficiente, a mantener y agravar una situación que tiene consecuencias muy delicadas para el país entero: impunidad, crisis penitenciaria y falta de credibilidad en las instituciones, entre otras. El señor Herrera, culpable o no, pasó más de dos años y medio en prisión. Si de verdad cometió el delito por el cual estuvo detenido, es probable que ahora salga "corregido y aumentado"; si no tuvo nada que ver en el mismo, habrá tenido la "oportunidad" de conocer muchas formas para delinquir e individuos con los cuales poder aliarse para ello. Si se hubiera actuado correctamente, apegado a Derecho, no estaríamos ante esas perspectivas que pueden ser costosas y reales para toda la sociedad; sociedad que, como es costumbre en la mayoría de las veces, no está en capacidad de brindar al señor Herrera la oportunidad de serle útil de ahora en adelante.Transcribimos a continuación el documento de la Conferencia Internacional sobre la Protección de los Derechos Humanos en el Continente Americano y el Caribe, celebrada entre el 22 y el 15 de mayo de 1996, en Santa Fe de Bogotá, Colombia. Conferencia Internacional sobre la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos en el Continente Americano y el Caribe La Conferencia Internacional sobre la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos en el Continente Americano y el Caribe, convocada por Amnistía Internacional y celebrada en Santa Fe de Bogotá, Colombia, entre el 22 y el 25 de mayo de 1996, confirmó el principio de que la defensa de los derechos humanos constituye una tarea y un derecho de todos. Hombres y mujeres, individual o colectivamente þen sus hogares o en sus lugares de trabajo o estudio, o a través de instituciones religiosas, organizaciones sociales o culturales, sindicatos, partidos políticos o instituciones del Estadoþ y cualesquiera sean sus convicciones filosóficas o su origen social, tienen el derecho inalienable de defender y promover todos y cada uno de los derechos humanos en la prosecución de un mundo en el que todas las personas se vean un día liberadas del þtemor y de la miseriaþ. La Conferencia confirmó que en el Continente Americano y el Caribe, al igual que en otras regiones del mundo, los defensores tienen derecho a oponerse pacífica y activamente a las violaciones de todos los derechos humanos, a denunciarlas cuando se producen y a prestar apoyo a las víctimas. Asimismo, deben verse libres de presiones en su empeño por obtener los consensos que permiten el progreso de nuestras sociedades y la adopción de iniciativas que consolidan el Estado de Derecho. Corresponde a los defensores contribuir a la creación y al fortalecimiento de mecanismos que nos protejan de la intolerancia y la arbitrariedad pues, frecuentemente y en el marco del conflicto social o el autoritarismo, ambas socavan los derechos humanos en la región. La Conferencia afirmó enfáticamente la legitimidad del trabajo que los defensores realizan para combatir cualquier forma de impunidad que beneficie a quienes violan los derechos humanos, en particular aquellas leyes de amnistía que, al pervertir la naturaleza misma de la ley, alimentan los ciclos de violencia que azotan a la región y erosionan las bases de la convivencia democrática. La Conferencia constató que no siempre se dan en la región las condiciones fundamentales para la defensa de los derechos humanos. La defensa y promoción de los derechos de las víctimas conllevan peligros, y con frecuencia convierten en víctimas de encarcelamiento, tortura, asesinato y desaparición forzada a los propios defensores. La Conferencia constató asimismo que, a pesar de la profusa retórica gubernamental en favor de los derechos humanos que caracteriza a los procesos de transición política y social o de transformación económica en la región, sigue mediando un abismo entre el discurso y la realidad. Nuevas formas de hostigamiento y represión se abren camino, incluyendo las campañas de desprestigio individual o institucional, los intentos de criminalizar actividades que son inherentes a la función de defensa de los derechos humanos, y las restricciones legales para la obtención de los medios con los que realizar tal función. La Conferencia también hizo notar que, con gran frecuencia, la creación de instituciones de un gobierno responde más a la necesidad diplomática de salvaguardar la imagen internacional de éste que a la efectividad de tales instituciones como instrumentos de defensa y promoción de los derechos humanos. La Conferencia concluyó que la protección de los derechos humanos precisa el reconocimiento del þderecho a defenderlosþ, el cual se constituye por una serie de derechos ya reconocidos a nivel internacional, fundamentalmente: * El derecho a defender las libertades y derechos fundamentales de otros seres humanos, además de los propios; el derecho a investigar las violaciones de estos derechos y libertades, y el derecho a oponerse a tales violaciones. * El derecho a formar y afiliarse a grupos y asociaciones nacionales o internacionales para la defensa de los derechos humanos. * El derecho a la información, el derecho de reunión y el derecho a la libertad de expresión y comunicación de los defensores. * El derecho a defender los derechos humanos en parte o en su totalidad y respecto de algunos o de todos los grupos o sectores que componen la sociedad. * El derecho a obtener y utilizar los recursos humanos, económicos, técnicos y otros necesarios para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la defensa de los derechos humanos. * El derecho de los defensores a comunicarse libremente y por los medios que estimen adecuados con organismos nacionales o internacionales, tanto intergubernamentales como privados. * El derecho de los defensores a participar en actividades pacíficas destinadas a promover los derechos humanos. * El derecho a usar las leyes y las instituciones del Estado para defender los derechos humanos y actuar ante éstas en representación de las víctimas. * El derecho a defender los derechos humanos ya reconocidos y a propugnar por el reconocimiento de nuevos derechos, más allá de cualquier consideración política, ideológica, filosófica o religiosa, tanto a nivel nacional como internacional. La Conferencia resaltó la ineludible responsabilidad de los Estados y los organismos intergubernamentales de garantizar el libre ejercicio del derecho a la promoción y la defensa de los derechos humanos. Los Estados están fundamentalmente obligados a proteger y promover activamente este derecho evitando que se vea amenazado, restringido o suprimido, y a resguardar las libertades y la integridad de quienes lo ejercitan. En particular, los Estados americanos y del Caribe deben adoptar urgentemente todas las medidas que sean necesarias para contener las acciones represivas o de intimidación de sus agentes contra los defensores de los derechos humanos, sus allegados y organizaciones, y todas las medidas que se requieran para desarticular a los grupos paramilitares que en algunos países constituyen una amenaza permanente para la labor y la integridad de los defensores. Esta protección debe extenderse a todas aquellas personas þcomo denunciantes y testigos, funcionarios y auxiliares de la justiciaþ que contribuyen, aun en forma circunstancial, a la defensa de los derechos humanos. La Conferencia, habiendo tomado nota del importante papel que desempeñan los mecanismos de protección establecidos por algunos organismos intergubernamentales, como la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de los Estados Americanos, constató la falta de instrumentos internacionales que reconozcan, tanto a nivel universal como regional, el derecho individual y colectivo a defender los derechos humanos. En este sentido la Conferencia urgió a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a perfeccionar, finalizar y adoptar, en el plazo más breve posible, el texto de la Declaración sobre Defensores de los Derechos Humanos que se debate desde hace más de once años en el seno de la Organización. La Declaración debe contener el conjunto de garantías mínimas arriba señaladas, que hacen posible la defensa efectiva de los derechos humanos. La Conferencia exhortó asimismo a la Organización de los Estados Americanos a adoptar un conjunto de medidas y normas que recojan las necesidades de la defensa de los derechos humanos en la región americana y el Caribe, prestando especial atención a sus particularidades. Finalmente, la Conferencia hizo un llamamiento a los defensores de los derechos humanos de la región americana y caribeña para que continúen en sus países el proceso iniciado en Santa Fe de Bogotá y para que promuevan similares procesos en otras regiones del mundo con el objeto de elaborar principios y directrices para la acción que contribuyan a la protección efectiva del derecho a la defensa de los derechos humanos. CENSURAN DIMISION. Diputados de ARENA y PDC demandaron del Inspector General de la PNC, Víctor Valle, reconsiderar su renuncia al cargo. "El Gobierno está obligado a buscar una conversación con el funcionario", reveló el Ministro de Seguridad, Hugo Barrera. La Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, Victoria Marina de Avilés, se sumó a la petición para que Valle reconsidere la renuncia, porque según ella es "una persona eficiente, competente y apta para desempeñar un eficiente papel al frente de la inspectoría". El Vicepresidente de la Asamblea Legislativa y diputado del PDC, Arístides Alvarenga, externó su preocupación por la renuncia sorpresiva de Valle, y demandó del gobierno un análisis minucioso y una amplia conversación con el Inspector de la PNC para aclarar diferencias y permitirle cumplir su trabajo. Sin embargo, Hugo Barrera señaló que de darse la renuncia asumiría el cargo temporalmente el Inspector Adjunto, Rudy Medina. Por su parte, Salvador Sánchez Cerén, coordinador del FMLN, sostuvo que la renuncia de Valle podría ser una trama para dejar al frente al Inspector Adjunto, Rudy Medina, "que fue cuestionado por la sociedad y tiene un recurso de inconstitucionalidad, por lo que sería incongruente que asumiera la Inspectoría". "La renuncia obedece a que no le han dado las condiciones para desarrollar una inspectoría independiente", indicó Sánchez Cerén (LPG 21.06 p.21-a y DH 21.06 p.6).LIBERAN ALCALDE. El Alcalde de La Libertad, Dagoberto Adolfo Araujo Funes, acusado de varios delitos, quedó en libertad el 20.06, luego de cancelar una fianza por medio millón de colones: Mientras tanto, los representantes de la Fiscalía General de la República externaron su inconformidad con la medida cautelar aplicada al funcionario. Araujo quedó en libertad luego de que la Corte Suprema de Justicia resolviera, en base a tratados internacionales, cambiarle la detención provisional en que se encontraba por otra medida cautelar; la medida preventiva aplicada por el juez Segundo de Hacienda, Saúl Cañénguez, fue el pago de una fianza. Los abogados defensores de Araujo, Federico Flamenco y Julio César Ríos, presentaron el 20.06 como fianza la hipoteca de dos propiedades de más de cinco manzanas, valoradas en más de 2 millones de colones y que están ubicadas en la Libertad. Recientemente, Cañénguez aclaró que la fianza cancelada garantizará que Araujo se presente a los tribunales de Justicia, cuando le sea solicitado. No obstante, representantes de la FGR externaron su desacuerdo con la libertad bajo fianza otorgada a Araujo, por lo que pedirán a Cañénguez que le aplique otra medida cautelar al funcionario municipal, como el arresto domiciliario. Araujo manifestó que continuará en su cargo y que tratará de comprobar que no cometió los delitos que se le imputan. Al ser cuestionado acerca de la usurpación de las playas, Araujo sostuvo que si se "cometen errores" ha sido con base en la utilización de la "constitución de los alcaldes" [el Código Municipal] por lo que pidió a las autoridades municipales y judiciales que estudien a profundidad el escrito (LPG 21.06 p.20-a).