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El informativo semanal Proceso sintetiza y selecciona
los principales hechos que semanalmente se producen en El Salvador. Asimismo,
recoge aquellos hechos de carácter internacional que resultan más
significativos para nuestra realidad. El objetivo de Proceso es describir
las coyunturas del país y apuntar posibles direcciones para su interpretación.
Su producción y publicación está
a cargo del Centro de Información, Documentación y Apoyo
a la Investigación (CIDAI) de la Universidad Centroamericana “José
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Año 21
Número 937
Enero 31
2001
ISSN 0259-9864
Editorial La
irrupción de lo social
Política
Las lecciones dejadas por el terremoto
Economía Implicaciones
económicas del terremoto del 13 de enero
RegiónLa
regionalización de los desastres
Comentario El
proceso de paz y la impunidad en El Salvador
Derechos HumanosLos
derechos de las personas y comunidades afectadas por desastres
Anexo Resumen
de asuntos críticos para la cooperación regional en la gestión
del riesgo
LA IRRUPCIÓN DE LO SOCIAL
En El Salvador, durante la última década, los problemas sociales terminaron por ocupar un lugar marginal en los enfoques analíticos predominantes. Lo político, con todos los problemas que le están asociados, le ganó la partida a lo social. Del fin de la guerra a esta parte, han proliferado libros, artículos, coloquios y seminarios dedicados a los políticos y la política. Se ha hablado de todo, desde la transición y consolidación democráticas hasta la dinámica del sistema de partidos y las debilidades y fortalezas del sistema electoral. Es cierto, en los análisis y estudios efectuados no han faltado las críticas más drásticas al ejercicio político en el país. Pero, aun en estos casos, los protagonistas han continuado siendo los políticos y la política. Como resultado de ello, lo político se convirtió —tanto para algunos analistas como para muchos ciudadanos— no en un ámbito más de la realidad, sino en el espacio privilegiado desde donde se resolverían —o se dejarían de resolver— los principales problemas nacionales. La vieja tesis de que "todo es político" se trastocó en esta otra: "lo político es lo verdaderamente importante".
Obviamente, habrá quienes dirán que las cosas son así —el hecho de que lo político se haya convertido en foco privilegiado de atención analítica— por las mismas exigencias del proceso histórico salvadoreño. En otras palabras, que es la dinámica histórica del país en la postguerra la que ha puesto a la política (y a los políticos) en primer plano y, por consiguiente, ha sido inexorable dedicar atención a los problemas generados en ese ámbito de la realidad. Puede que esto sea cierto; es posible que el desafío de la democratización haya obligado a centrar muchos de los esfuerzos intelectuales en la dilucidación de los mecanismos que mueven el quehacer político. El problema es que la avalancha de ensayos, análisis y estudios dedicados a lo político llevaron a una especie de "difuminación" (o a su lectura en clave política) de los problemas surgidos en otros ámbitos de la realidad, tan importantes como los problemas políticos e irreductibles a ellos. Nos referimos a problemas generados en el ámbito socio-económico, como la vulnerabilidad de la mayor parte de la población, su situación estructural de riesgo, el deterioro de los ecosistemas, la pobreza y la marginalidad crecientes.
No es que en la última década no se hayan realizado estudios, análisis y ensayos sobre la dinámica socio-económica del país. Por supuesto que sí. Pero su lugar en los círculos académicos ha estado a la zaga —no en pie de igualdad— respecto de los esfuerzos dedicados a la reflexión sobre lo político. Sólo los estudios sobre violencia fueron capaces de disputarle el espacio a la política, aunque no de forma permanente, pese a la permanencia de la violencia y la inseguridad ciudadana.
Asimismo, en lo que se refiere a su impacto en la opinión pública, han ido por detrás de lo relacionado con la política y sus avatares. Eso no es culpa de nadie en particular: ni de los analistas políticos, por excederse en sus pretensiones de hablar de todo desde la política; ni de los sociólogos, por haber abandonado los enfoques investigativos y teóricos de mediano o largo alcance; ni de los medios de comunicación por estar excesivamente prestos a cubrir con grandes letras cuanto acontecimiento político apareciera en escena, por nimio o aberrante que fuera. Quizás todo obedeció a una inercia que se apoderó de todos y que no permitió tomar la distancia necesaria para ponderar en sus justos términos la especificidad e importancia propia de lo político, lo social y lo económico.
Con el terremoto del 13 de enero pasado, lo social ha vuelto por sus fueros. La situación de riesgo estructural en que vive la mayor parte de la población del país aparece como un problema de primera importancia, al cual hay que dedicarle tanto o mayor atención que a los problemas específicamente políticos. Esa situación de riesgo estructural debe ser abordada con instrumentos analíticos y conceptuales propios. A su vez, el diseño de soluciones para ella, aunque los involucre, es irreductible a sus componentes políticos. Hay dos corolarios a lo que se acaba de apuntar: el primero es que la política no tiene respuesta —ni tiene por qué tenerla— para todos los problemas del país. El segundo, que la política no es toda la realidad de un país, sino sólo una parte de ella. Por tanto, por más que se atiendan y se resuelvan sus problemas, ello no supone, automáticamente, ganar claridad o avanzar en la solución de los surgidos en los ámbitos no políticos.
El Salvador está atravesado por agudas fisuras sociales y económicas, cuya solución no pasa directamente por la política. Posiblemente, consolidar un sistema político democrático sirva para avanzar hacia la disminución de aquellas fisuras, pero el tratamiento directo de éstas no depende de aquél. Abundan los ejemplos de sistemas políticos autoritarios en sociedades no extremadamente segmentadas e, igualmente, existen ejemplos de sociedades con sistemas políticos más o menos democráticos marcadas por agudas desigualdades sociales. En otras palabras, entre lo socio-económico y lo político no hay una relación mecánica, sino que se trata de ámbitos con un ritmo propio de desarrollo que, en situaciones ideales, pueden potenciarse mutuamente.
Conocer esas condiciones de mutua potenciación
—de lo político hacia la democracia y de lo socio-económico
hacia la igualdad y la justicia— es un desafío de primer orden.
También lo es conocer los ritmos y tendencias específicas
de cada uno de esos ámbitos. Desde un poco antes del fin de la guerra
civil, por inercia intelectual y mediática, lo político se
convirtió en el foco privilegiado de atención, se convirtió
en la gran moda de analistas, periodistas y panelistas. El terremoto del
13 de enero nos obliga a prestar atención —no como moda, sino impelidos
por el sufrimiento de las víctimas— a esos mecanismos socio-económicos
que obligan a miles de salvadoreños a vivir en casas de adobe y
bahareque, en las laderas de cerros, colinas, riberas de ríos que
se desbordan, en la pobreza y en la marginalidad. Está bien que
nos devanemos los sesos queriendo conocer los resortes de la política;
está bien y es loable que trabajemos para crear instituciones políticas
democráticas. Pero debemos ser conscientes de que muchos de los
problemas hondos de El Salvador se juegan fuera de los partidos políticos,
la Asamblea Legislativa o la legislación electoral.
LAS LECCIONES DEJADAS POR EL TERREMOTO
El terremoto que asoló el país el pasado
13 de enero dejó, sin lugar a dudas, consecuencias incalculables
sobre la vida económica, social, política y ambiental. A
estas alturas, nadie toma en serio las declaraciones del Ministro de Economía,
Miguel Lacayo, quien afirmó, la semana pasada, que el terremoto
no afectaría la economía nacional. Lo más probable
es que hayamos retrocedido unos 20 años, como lo aseguran algunos
analistas locales. Esa es la razón por la que, hoy más que
nunca, el camino del entendimiento y de la negociación se vuelve
imprescindible para sacar adelante al país.
IMPLICACIONES ECONÓMICAS DEL TERREMOTO DEL 13 DE ENERO
Después de media década de estar enfrascada
en un proceso de lento crecimiento, la economía salvadoreña
se enfrenta ahora a un nuevo macrodesastre que, preliminarmente, se estima
ha causado daños de entre 8% y 10% del Producto Interno Bruto (PIB)
y ha venido a agudizar muchas carencias en materia social. Sorprendentemente,
las valoraciones de los funcionarios del gabinete económico parecen
ignorar esta situación y vaticinan que no habrá un impacto
significativo en la economía y, por tanto, no esperan mayores
variaciones en la tasa de crecimiento económico.
LA REGIONALIZACIÓN DE LOS DESASTRES
En las postrimerías de la década de los 80, los gobernantes del mundo comenzaron a comprender que la serie de acontecimientos que ocurrían en el planeta difícilmente podían ser desvinculados y/o aislados de zonas geográficamente distantes. Se asumió que las cuestiones de orden económico, tecnológico, demográfico y ecológico afectaban, directa o indirectamente, a las más extensas regiones del globo. Fue en esa línea que el gobernante soviético, Mijael Gorbachev, denominó "problemas globales" a esa cadena de sucesos que involucran a la humanidad entera.
En menor medida, pero con la misma seriedad,
fenómenos como el terremoto del pasado 13 de enero —sensible en
toda la región centroamericana, incluso en el sur de México—
envuelven y comprometen a toda una comunidad de naciones.
EL PROCESO DE PAZ EN EL SALVADOR
Entre los años 1980-1991, la República de El Salvador, en América Central, estuvo sumida en un conflicto armado que concluyó con la firma de los Acuerdos de Paz el 16 de Enero de 1992, en el Castillo de Chapultepec (México).
Los Acuerdos, conformaban una serie de convenios negociados entre 1989 y 1992, entre el gobierno de El Salvador (GOES) y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), insertos en el proceso de negociación para la paz que se llevó a cabo bajo los auspicios de la ONU. La finalidad de los mismos era generar una serie de reformas políticas que orientaran al país en la transición hacia la democracia, la paz y los derechos humanos. Entre los diversos mecanismos previstos en los Acuerdos para este gran paso de la pacificación de El Salvador, las partes firmantes reconocieron la urgencia de encarar el tema de la impunidad genérica e institucionalizada, puesto que al margen de la ley, pero y al amparo de los organismos estatales, durante la guerra se produjeron graves violaciones de los derechos humanos, por las partes enfrentadas. El instrumento creado para no dejar impunes los graves hechos de violencia que atentaron contra la vida y/o la integridad física de miles de personas, mediante matanzas de civiles, desapariciones, torturas, y demás atrocidades, fue la Comisión de la Verdad.
Concretamente, en los Acuerdos de México de abril de 1991 se adoptó la decisión de crear la Comisión de la Verdad, estableciendo que “la Comisión tendrá a su cargo la investigación de graves hechos de violencia ocurridos desde 1980, cuya huella sobre la sociedad reclama con mayor urgencia el conocimiento público de la verdad”.
La mencionada comisión emitió un informe en el que se relataban algunos de los más graves hechos de violencia acaecidos entre 1980 y 1991, denunciados en el período de recepción de tres meses, que fueron investigados y probados. Además, proporcionó una serie de recomendaciones para evitar la impunidad de los mismos, con el fin de que a través de la verdad, la justicia, y la reparación de los daños materiales y morales a las víctimas de la violencia, se produjera la necesaria reconciliación para conseguir la paz verdadera.
Según este informe, hubo 22.000 denuncias, de las que un 60% del total corresponden a ejecuciones extrajudiciales; más del 25% a desapariciones forzadas; y más del 20% incluyen denuncias de tortura. Los testimoniales atribuyeron casi el 85% de los casos a los agentes del Estado, a grupos paramilitares, relacionados con los anteriores, y a los escuadrones de la muerte (grupos armados financiados por los grupos económicamente poderosos del país). Los efectivos de la Fuerza Armada fueron acusados en casi un 60% de las denuncias; los cuerpos de seguridad en una media del 25%; y los escuadrones de la muerte en más del 10% de los casos. Las demás denuncias responsabilizaron en el 5% de los casos al FMLN.
Entre las investigaciones de masacres de campesinos
por la Fuerza Armada, se encuentra el caso de El Mozote, acaecido el 10
de diciembre de 1981, en el que fueron asesinadas más de doscientas
personas (sin contar las víctimas no identificadas); en las ejecuciones
extrajudiciales, el asesinato de seis sacerdotes jesuitas y
dos mujeres en la Universidad Centroamericana “José Simeón
Cañas” (UCA), el 16 de noviembre de 1989, por parte de agentes del
Estado; y entre las ejecuciones de los escuadrones de la muerte,
el asesinato de Monseñor Romero, el 24 de Marzo de 1980.
¿Qué ha pasado con los autores de los hechos de violación
de los derechos humanos probados por la Comisión de la Verdad? Se
constata que:
1. En Marzo de 1993, se promulgó una Ley de Amnistía General para la Construcción de La Paz, que fue aprobada por la Asamblea Legislativa por mayoría simple. Ninguno de los autores de los casos probados por la Comisión de la Verdad está en la cárcel. Se presentó un recurso de inconstitucionalidad ante dicha ley, ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, pero éste ha sido desestimado.
2. El actual Director de la Policía Nacional Civil (PNC), Mauricio Sandoval, apareció nombrado en un informe confidencial de la Comisión de la Verdad sobre la estructura y funcionamiento de los escuadrones de la muerte. Asimismo, esta institución policial es reconocida por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) de El Salvador, como una de las instituciones que más viola los derechos humanos.
En consecuencia cabe preguntar, ¿se ha cumplido la pretensión de verdad, justicia y reparación de daños morales y materiales de las víctimas?
Si bien el Informe de la Comisión permitió dar a conocer “algunas verdades” sobre los hechos y la autoría de algunos de los casos investigados, el tiempo de recepción de denuncias (3 meses) y el vacío de 10 años de investigación de los casos relativos a los escuadrones de la muerte fueron demasiado breves. Esto nos hace pensar que hay mucha historia sin contar. Obviamente, no se trata de exigir a la Comisión que hiciera más de lo que podía, sino de que lo que llegó a investigarse no quede impune.
En cuanto a la reparación de daños materiales y morales de las víctimas, algunas de las recomendaciones de la Comisión, como pagar una indemnización material y moral a las víctimas del conflicto, o crear un monumento nacional en San Salvador con los nombres de las víctimas del conflicto identificadas, no se han llegado a realizar.
Concluyendo, los Acuerdos de Paz acabaron de implementarse en El Salvador en 1996 y su período de consolidación finalizaba en el año 2000. Muchos de los mecanismos que se crearon en los Acuerdos, para facilitar la transición pacífica del país fueron cumplidos. Entre los logros, cabe destacar la desmilitarización progresiva de la sociedad salvadoreña, a través de la reforma y depuración de la Fuerza Armada, y la Creación de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos humanos. Como contrapartida, no se ha cumplido con la finalidad de dar a conocer públicamente la verdad de los hechos más graves de violencia sucedidos durante el conflicto armado y con el compromiso de no dejar impunes a los autores de los mismos.
Un país que está en proceso de democratización, debe respetar la paz y los derechos humanos. Los derechos humanos, como la vida o la integridad física, son violados si no hay justicia, y no hay justicia sin cumplimiento de los derechos humanos, los cuales, son imprescriptibles, inembargables e inalienables. Por tanto, si hay una pretensión de paz verdadera, además del cese del conflicto armado, se requiere la ausencia de toda expresión de la violencia, y una de ellas es la impunidad, pues violenta los valores de justicia, libertad, seguridad jurídica y bien común que proclama la Constitución salvadoreña vigente, reconocidos en su art.1 del título I “La persona humana y los fines del Estado”.
Hay que seguir en el camino de la paz, pues es el
único camino, como decía Gandhi. Pero este camino que vamos
haciendo a medida que andamos, tiene como presupuestos ineludibles y necesarios:
el respeto y el acatamiento al cumplimiento de los derechos humanos
y la justicia, sin los cuales podemos retroceder, si se olvida o ignora
su aplicación en cada tramo del recorrido hacia la paz. Hay unos
pasos necesarios para evitar la impunidad: verdad, justicia, reparación
y reconciliación. Si los aceptamos, únicamente queda aplicarlos.
______
Colaboración de Elisa Martín Peré, abogada
española y profesora visitante de la UCA
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS Y COMUNIDADES AFECTADAS POR DESASTRES
1. Derecho a la protección del Estado
Las personas y comunidades afectadas por desastres,
tienen derecho a que el Estado, directamente o a través de los organismos
de socorro nacionales e internacionales y de otras instituciones con fines
similares, les otorgue —sin distingos de ninguna especie— la protección
que requieren mientras recuperan las condiciones que les permitan satisfacer
por sus propios medios sus necesidades esenciales. Dicha protección
se concreta en el suministro de albergue, alimentación, vestido,
atención médica y sicológica, recreación y
seguridad para sí mismos y para sus bienes (incluyendo los bienes
colectivos que forman parte del patrimonio cultural de la comunidad), todo
lo anterior teniendo en cuenta las particularidades culturales de cada
comunidad afectada. Incluye el derecho a la evacuación oportuna
y concertada de zonas de amenaza inminente y alto riesgo cuando las circunstancias
así lo ameriten, y la reubicación concertada, temporal o
permanente, en zonas libres de amenaza o en donde las amenazas sean manejables.
Sin embargo, las personas y comunidades también poseen el derecho
a no ser evacuadas en contra de su voluntad de una determinada zona, a
pesar de poseer toda la información necesaria sobre los posibles
riesgos de permanecer en dicha zona.
2. Derecho a la información
Las personas y comunidades afectadas por desastres,
tienen derecho a conocer de manera adecuada, oportuna, clara, precisa y
veraz, la información disponible sobre aspectos tales como:
a) Los fenómenos que desencadenaron
la situación de desastre, su naturaleza, sus consecuencias actuales
y potenciales, etc.
b) Su propia situación de vulnerabilidad
frente a dichos fenómenos y los riesgos que de la misma se puedan
derivar.
c) Información necesaria para que
las comunidades y sus líderes puedan tomar, de manera concertada
con las autoridades, la decisión de ser evacuados de una zona de
amenaza inminente y alto riesgo, o la decisión de permanecer bajo
su responsabilidad en dicha zona en contra de las advertencias e instrucciones
de las autoridades.
d) Los planes de prevención, de contingencia,
de emergencia, de recuperación y de reconstrucción existentes,
los recursos disponibles o previstos para llevarlos a cabo, los mecanismos
de administración y de control de los mismos, etc.
El derecho a la información incluye el derecho a que las percepciones, interpretaciones y puntos de vista de los distintos actores sociales sean tenidos en cuenta como elementos para construir una visión compartida del desastre y de la situación de la comunidad dentro de él, a través de los llamados "diálogos de saberes", "diálogos de ignorancias" y "diálogos de imaginarios".
En general, la comunidad tiene derecho a conocer a través de la educación formal y no formal (desde el nivel preescolar hasta la educación superior), de la formación profesional y de la información pública, la realidad ambiental y la dinámica natural de la región que ocupa, así como los riesgos surgidos de la interacción humana con dicha realidad.
3. Derecho a la participación
Las personas y comunidades afectadas por desastres
tienen derecho a una participación directa, activa, decisoria y
eficaz en todas las etapas del proceso, desde aquellas previas a la ocurrencia
del evento desencadenante (cuando haya lugar a ello, como en el caso de
las alertas previas a huracanes o erupciones volcánicas), hasta
las etapas de emergencia, recuperación, reconstrucción y
posterior desarrollo de la región afectada y de sus habitantes.
El derecho a la participación incluye el derecho de la comunidad a elegir sus propios voceros, delegados o representantes ante las distintas instancias con injerencia en los procesos que surjan como consecuencia del desastre, sin que el nombramiento y la actuación de dichos voceros, delegados o representantes, supla y agote por sí misma el derecho de las comunidades a la participación.
4. Derecho a la integralidad de los procesos
Las personas y comunidades afectadas por desastres
tienen derecho a que los procesos tendientes a su recuperación,
reconstrucción y posterior desarrollo sean concebidos con carácter
integral y con sentido humano, social, económico, ambiental y cultural,
y a que no se centren en la mera reconstrucción de la infraestructura
física. Lo anterior implica el derecho a que la recuperación
y el fortalecimiento del tejido social de las comunidades afectadas, y
de su capacidad de gestión y autogestión, se consideren como
prioridades de los procesos, con miras a la sostenibilidad global de las
comunidades que los protagonizan. Asimismo, comprende el derecho a la protección
y recuperación del patrimonio cultural, tangible e intangible, en
sus diferentes expresiones, que le otorgan a la comunidad sentido de identidad,
de pertenencia, de propósito colectivo y de continuidad en medio
de la crisis.
5. Derecho a la diversidad
Las personas y comunidades afectadas por desastres,
tienen derecho a que se respeten las particularidades culturales de cada
actor y sector social en las distintas etapas y expresiones de los procesos
que surjan como consecuencia del desastre, lo cual incluye lo inexorable
de tener en cuenta las necesidades específicas de los sectores más
vulnerables de la comunidad (niños, ancianos, enfermos, discapacitados,
etc.). Lo anterior comprende, asimismo, el derecho a que las ayudas externas
se realicen teniendo en cuenta las necesidades y particularidades de los
receptores o beneficiarios de las mismas, más que las necesidades
de los donantes, y el derecho a que toda ayuda se realice como un insumo
para el proceso hacia la autogestión de las comunidades, y no como
un auxilio a damnificados impotentes.
6. Derecho a la perspectiva de género
Las personas y comunidades afectadas por desastres
tienen derecho a que en las distintas etapas y expresiones de los procesos
se garantice la participación decisoria de las mujeres, de manera
tal que sus puntos de vista, sus propuestas, sus necesidades, sus aspiraciones
y su potencial, sean tenidos en cuenta en la dirección, planeación,
ejecución, control y evaluación de dichos procesos.
7. Derecho a la autogestión
Las personas y comunidades afectadas por desastres
tienen derecho a que en las distintas etapas y expresiones de los procesos
se respete y se fortalezca la capacidad de decisión, gestión
y autogestión de los distintos actores locales, tanto gubernamentales
como no gubernamentales.
Lo anterior incluye el principio de que un nivel de superior jerarquía solamente deberá tomar decisiones o ejecutar acciones que sobrepasen la capacidad de decisión o ejecución del nivel jerárquico inmediatamente inferior. Por ejemplo, las decisiones que deben y pueden ser tomadas por un alcalde municipal, no deberán ser tomadas por el gobernador del departamento, ni las que les corresponden al gobernador deberán ser tomadas por el mandol nacional.
8. Derecho de prioridad
Las personas y comunidades afectadas por desastres
tienen derecho a que las acciones y procesos tendientes a restituir su
autonomía y su capacidad de gestión perdidas o reducidas
como consecuencia del desastre sean atendidos con carácter prioritario
frente a los intereses y objetivos de sectores políticos, o de sectores
económicos o sociales no afectados, así pertenezcan a la
misma región.
9. Derecho a la continuidad de los procesos
Las personas y comunidades afectadas por desastres
tienen derecho a la continuidad de los procesos tendientes a su recuperación
y reconstrucción, y a la asignación de los recursos necesarios
para adelantarlos, por encima de la duración de los periodos de
las autoridades locales, regionales o nacionales, lo cual significa que
dichos procesos deben tener carácter de programas de Estado y no
de programas de Gobierno.
10. Derechos frente a los medios de comunicación
Las personas y comunidades afectadas por desastres,
tienen derecho a que los medios de comunicación respeten su intimidad,
a que no las conviertan en motivo y oportunidad para el sensacionalismo,
y a que los medios cumplan el papel de facilitadores de los procesos de
comunicación entre las comunidades afectadas y las autoridades o
actores y sectores sociales de distinto nivel que intervienen o vayan a
intervenir en los procesos. Asimismo, tienen derecho a que la información
que transmitan los medios contribuya a comprender de manera veraz, objetiva
y racional las causas y procesos que condujeron al desastre, y a descubrir
y fortalecer el potencial de recuperación y gestión existente
en las mismas comunidades, en lugar de consolidar el estereotipo según
el cual los afectados por un desastre son entes incapaces de retomar el
control de su propio destino.
11. Derecho a la participación de la naturaleza
Las personas y comunidades afectadas por desastres,
al igual que los ecosistemas con los cuales éstas interactúan,
tienen derecho a que la voz de la naturaleza sea escuchada en la toma de
las decisiones que determinarán el rumbo de los procesos de recuperación,
reconstrucción y desarrollo, de manera tal que los mismos avancen
hacia la construcción de unas relaciones sostenibles entre las comunidades
y su entorno.
12. Derecho a la prevención
Las personas y comunidades afectadas por desastres,
al igual que los ecosistemas con los cuales estas interactúan, tienen
derecho a que en los procesos, planes y programas tendientes a su recuperación,
reconstrucción y desarrollo, se incorpore el concepto de prevención
de nuevos desastres, mediante la herramienta de la gestión del riesgo,
a través de la cual se busca el manejo adecuado de las amenazas
y la mitigación de los factores de vulnerabilidad, de manera que
ni la dinámica de la naturaleza se convierta en un desastre para
las comunidades, ni la dinámica de éstas en un desastre para
los ecosistemas.
En general, la comunidad tiene derecho a que dentro
de la institucionalidad del país exista y opere un sistema técnico,
estable, eficaz y dotado de recursos para la gestión de los riesgos,
con miras a contribuir a la sostenibilidad global del desarrollo, a reducir
la probabilidad de ocurrencia de nuevos desastres y a mejorar los niveles
de preparación de los actores gubernamentales y sociales para el
caso de que éstos ocurran.
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Colaboración de Gustavo Wilches-Chaux, ecologista, escritor
y abogado colombiano
RESUMEN DE ASUNTOS CRÍTICOS PARA LA COOPERACIÓN REGIONAL EN LA GESTIÓN DEL RIESGO
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Sistemas de alerta temprana
Atlas de vulnerabilidad y normas de ordenamiento territorial básicas |
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Recursos y organización para la emergencia nacional (comisiones y marco legal) y a nivel local (método y divulgación) |
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Comercio, continuidad y ampliación de flujos de recursos
Análisis del riesgo y de sostenibilidad en proyectos. Rendición de cuentas |
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Combate a la pobreza
(entorno macroeconómico, acceso a servicios básicos, acceso a la tierra, educación y apoyo a la producción) Mecanismos para el pago por servicios ambientales, asociados a revegetación de laderas Mecanismos para el seguimiento sustantivo |