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El desafío ético del desarrollo territorial en El Salvador

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26/05/2023
Alondra Avendaño. Estudiante de 2.º año de la Maestría en Desarrollo Territorial  

El derecho a la participación ciudadana en la conducción de los asuntos públicos es una atribución contemplada en el marco jurídico de El Salvador. Este derecho se encuentra presente en la Constitución de la República, Ley Marco para la Convivencia Ciudadana, Código Municipal, Ley del Medio Ambiente, entre otras (Grupo Gestor por Concejos Plurales, 2021). Sin embargo, en la práctica, no siempre se aplican principios generales que garanticen la calidad de la participación y representación. Tal como señala Cortina (2013, p.83):

[…] para que los ciudadanos se sientan invitados a ejercer su libertad política, es necesario que las instituciones de su país sean tales que esa participación sea significativa. Y demasiado a menudo la desafección nace y crece cuando las gentes se dan cuenta de que su participación resulta irrelevante en la política, en la universidad, en la escuela, en el hospital y en los más diversos ámbitos. En esos casos hay un déficit institucional que tiene que ser corregido.

La institucionalidad que permea el proyecto del desarrollo territorial debería ser tamizado por principios éticos; ello supone un desafío a la planificación del DT que sopese distintos enfoques éticos para garantizar el curso de acción adecuado. En cuanto a la participación ciudadana vista desde la ética, se presentan una serie de puntos a discutir.

Desde un enfoque de derecho que privilegia la libertad de elección, el bienestar y el goce de todas las facultades dispuestas en el sistema legal o moral de todas las personas de una sociedad (Velásquez, 2012); podría quedar en entredicho la participación alcanzada hasta la

Para promover la participación significativa, se requiere atender al tiempo y las condiciones de los participantes. Atender al tiempo implica tener presente que este no es igual para todos los actores sociales, el funcionario, la ONG, el agricultor; tienen prioridades distintas y planificaciones variadas, 1 año, 3 años, 5 años (Varillas, 2001). 

Con respecto a las condiciones de los participantes, se deben tener en cuenta aspectos como la carga laboral y de crianza de las mujeres, quienes pueden asistir a consultas participativas con sus hijos (Varillas, 2001). Tomar en cuenta este aspecto, implica también pensar en espacios para los niños y niñas sean atendidos y tomados en cuenta mientras sus padres de familia asisten a las consultas. 

Tiempo y condiciones de los participantes deben tomarse en cuenta ya que la participación activa es una dimensión de la libertad “no es lícito robar a las personas la posibilidad de tomar parte en las decisiones públicas, la posibilidad de influir en las decisiones que se toman en la vida compartida. No es legítimo hacer la vida común a sus espaldas” (Cortina, 2013, p.82).

Así también, aunque se podrían establecer principios generales, “En la práctica, nunca se puede aplicar una regla general sin tener en consideración las circunstancias particulares” (Droit, 2010, p.67-68).

Los jóvenes son otro grupo poblacional que, generalmente, no forma parte de la toma de las decisiones públicas. Sin embargo, es fundamental el fomento de la participación juvenil para la sostenibilidad y legitimidad de las políticas públicas, no sólo en ámbitos relacionados a esta población sino en otras áreas de la vida pública. Los jóvenes deben ser partícipes en las diferentes etapas de la planificación de políticas públicas y no sólo en sus fases finales (Trucco, 2019).

Otro aspecto a tomar en cuenta es la forma cómo se concibe la participación de las personas. Para Montoya (1998), existe una diferencia entre ser un actor que representa un papel establecido y ser un sujeto activo del mismo proceso, a través de prueba y error, del desarrollo; una participación creativa y no meramente representativa. “Ciertamente es un proceso más lento y mucho más difícil que cualquier otro, sin embargo, es mucho más seguro y duradero” (Montoya, 1998, p.51).

Al respecto Merlos y Jiménez (2020) señalan que, la participación ciudadana en el diseño, implementación y monitoreo de políticas públicas es fundamental porque son decisiones que impactan en las personas; las acciones en pro del desarrollo territorial no pueden insertarse en la voluntad política y el cortoplacismo. 

Asimismo, desde un enfoque de justicia distributiva, la participación en DT es fundamental para la distribución de beneficios y responsabilidades equitativos para todos los grupos de la sociedad (Velásquez, 2012). Ello implica que las diferencias no se conviertan en un factor de excusión sino de unidad: “El hecho que una persona, sólo por nacer en determinado lugar, tenga mejores perspectivas de vida, condena a aquellas otras que nacen en otro lado o en sitios parecidos a un tratamiento diferente que las excluye y margina” (Blandón de Grajeda, 2003, p.977).

Conclusión

Aunque el derecho a la participación ciudadana en la conducción de los asuntos públicos está contemplado en el marco jurídico de El Salvador, en la práctica no siempre se aplican principios generales que garanticen la calidad de la participación y representación. Para promover la participación significativa, se requiere atender al tiempo y las condiciones de los participantes, especialmente de mujeres y jóvenes. Además, la participación activa es una dimensión de la libertad y es fundamental para la distribución equitativa de beneficios y responsabilidades para todos los grupos de la sociedad.

Referencias bibliográficas

Blandón de Grajeda, F. (2003). Algunos apuntes sobre desarrollo local y descentralización del Estado en El Salvador. ECA: Estudios Centroamericanos58(660), 971-981.

Cortina, A. (2013). ¿Para qué sirve realmente la ética?. Barcelona: Paidós.

Droit, R. P. (2010). La ética explicada a todo el mundo. Paidós.

Grupo Gestor por Concejos Plurales. (2021). Herramientas para personas de organizaciones ciudadanas. Participación ciudadana.

Merlos, E., y Jiménez, R. (2020). Institucionalidad y políticas públicas vinculadas con los territorios. En Red CODET, Informe sobre el estado del desarrollo territorial en el salvador 2020. “Impacto de la Covid-19 en los territorios”, (p.10-20). https://uca.edu.sv/mdt/investigacion/informe-pais-dt-2020-red-codet/

Montoya, A. (1998). ¿Desarrollo local o desarrollo comunitario? Realidad: Revista de Ciencias Sociales y Humanidades, (61), 45-55.

Trucco, D. (2019) Capítulo VI Ciclo d vida y políticas sociales: las instituciones de juventud en la región. En Martínez, R. (Ed), Institucionalidad social en América Latina y el Caribe (255-274).

Varillas, W. (2001). Desarrollo local: despacio que vamos lejos. Boletín CF+ S, (16).

Velásquez, M.G. (2012). Ética en los negocios. Conceptos y casos. PEARSON.

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