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Mujeres y Participación

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03/02/2020
Rommy Jiménez. Docente de la Maestría en Desarrollo Territorial, UCA.  

 

La autora es docente  de la Maestría en Desarrollo Territorial

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

“No hay barrera, cerradura ni cerrojo que puedas imponer a la libertad de mi mente”(Virginia Wolf)

 Inicio este artículo motivada por esa cita, pero también por una serie de preguntas sobre la participación política de las mujeres, ¿qué significa, y cuáles son sus implicaciones, lo que a su vez se relaciona el tema de la ciudadanía. En cuanto a la participación hay algunas interrogantes que considero son válidas y sugieren elementos para el debate de manera específica a nivel local. En este nivel es oportuno señalar que al hablar de participación política nos referimos a ella en un sentido más amplio, ya que esta se encuentra, a manera de ejemplo, en espacios de toma de decisión, tanto en el derecho a elegir como en los mecanismos de participación ciudadana. Ahora bien, otra precisión en cuanto a que la visión de ciudadanía trasciende lo meramente formal, cumplir la edad que establece la ley en El Salvador para ejercer el derecho al voto o para acceder a un cargo de elección popular

En las elecciones de 2006-2009, por ejemplo se eligieron 22 alcaldesas y 240 alcaldes, mientras que en 2018-2021 apenas 27 mujeres alcanzaron ese mismo cargo de elección popular, mientras que 235 hombres resultaron electos como ediles. Sin lugar a dudas hay una brecha importante que aún hace falta superar.  No sólo es que se debe revisar el número alcaldesas electas y en el ejercicio de sus cargos, sino también en qué lugares de la planilla se inscribe a las mujeres y el número que compiten por estos cargos.  No se trata de un tema de cuotas, sino de accesos reales y en igualdad de condiciones.

Ahora bien, en cuanto a la participación además de la que ya se ejerce en en el sentido formal, también esta aquella que se puede denominar como ciudadanía activa (personas que se organizan y participan en diferentes espacios, organizaciones comunales, una organización dentro de un centro escolar, iniciativas económicas locales, por mencionar algunas ejemplos) y la ciudadanía sustantiva: “refiere ya a las personas que se apropian de los derechos formales para usarlos y para discernir, decidir y elegir soluciones colectivas”.  Probablemente estas últimas pueden tener una línea muy fina de frontera, y además vale decir que no significa que una no se completa con la otra. Las mujeres participan y han venido haciéndolo en diferentes espacios que no se circunscriben sólo a organizaciones de mujeres sino también en organizaciones mixtas, en algunos casos o en muchos, como integrantes de las juntas directivas, no obstante, comparativamente y en relación con los hombres, ocupan cargos que no son necesariamente de representación de estas organizaciones o bien de toma de decisión

En El Salvador se ha avanzado en cuanto al marco legal que regula y pretende garantizar los derechos de las mujeres en igualdad de condiciones, empero como todo, la democracia es perfectible. Hace falta no sólo el establecimiento de normas jurídicas se requiere su implementación, pero también un cambio en la cultura política que visibilice estos aspectos no como una concesión o una dádiva, sino como parte inherente de los derechos de las mujeres. El artículo 120 del Código Municipal, por ejemplo establece que para la conformación de Asociaciones de Desarrollo Comunal (ADESCOS) estas “se constituirán con no menos de veinticinco miembros de la comunidad, de los cuales al menos el treinta por ciento deberán ser mujeres” esta reforma, aprobada en agosto de 2016, puede considerarse un avance puesto que deja establecido tácitamente una obligación para la conformación de estas asociaciones.

Los mayores desafíos se encuentran en la superación de esquemas que reproducen la división sexual del trabajo, y que genera desventajas respecto de los hombres, condición que se reproduce tanto en la nacional, como en lo local, superar esta condición es un desafío y responsabilidad de todos y todas, se debe romper el esquema de que son las colaboradoras más eficientes. Significa transitar hacia el ejercicio de un liderazgo con un protagonismo activo, deliberativo y asumir su rol como tomadora de decisiones fundamentando en el ejercicio de sus derechos humanos y ciudadanía.

Finalmente hay que decir que se requiere fiscalización del ente rector en materia electoral de que se cumpla lo establecido por ley en esta temática, pero también de otras instancias del Estado en lo que respecto al resto de la legislación que garantiza los derechos de las mujeres.  Como hemos compartido en otro momento se trata también de romper discursos hegemónicos y quiero agregar se trata de coherencia en cuanto a las declaraciones de que se está a favor de la participación de todos y todas y a la práctica que se desarrolla en diferentes espacios en las que las mujeres actúan como tomadoras de decisión. Para avanzar con pasos firmes en la construcción del desarrollo territorial se debe transformar el imaginario que la cultura patriarcal nos ha reforzado desde “tiempos inmemoriales”, se trata de reconocimiento de los saberes, de acciones colectivas y personales que aporten en la construcción de los derechos humanos.            

Imagen Balanza de OpenClipart-Vectors en Pixabay

Imagen de pintura del pintor Camilo Minero. La obra se exhibe en Sala de Negociaciones de la sede en Nueva York de la Organización de las Naciones Unidas.  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                 

Universidad Centroamericana José Simeón Cañas
Maestría en Desarrollo Territorial
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