Sabemos que el libre tránsito es un derecho fundamental en nuestro país; sin embargo, en la praxis este derecho se ve vulnerado especialmente para personas en situación de discapacidad, quienes enfrentan un mayor número de obstáculos para movilizarse en algunos territorios, limitando así su desarrollo personal y profesional. Si bien se registran avances hacia una movilidad equitativa, estos suelen concentrarse en núcleos urbanos privilegiados, perpetuando la exclusión en las periferias. En el distrito de Santa Tecla, podemos evidenciar que la mayoría de la zona céntrica y espacios públicos cuentan con accesos inclusivos, pero ¿qué pasa en las colonias de mayor antigüedad y la zona rural del distrito?, ¿por qué han quedado estas zonas en el olvido de las autoridades? Es necesario que la planificación urbana retome las necesidades de esta población en su agenda, ya que si se quiere lograr el verdadero desarrollo no debemos dejar a nadie atrás.
Pero ¿Qué se entiende por “discapacidad”?
De acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud (OPS, s. f.):
Las personas con discapacidad son aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, en interacción con diversas barreras, pueden obstaculizar su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.
Estas condiciones pueden ser de nacimiento o adquirirse a lo largo de la vida. Es preciso señalar que no todas las discapacidades comprometen la movilidad física; en este sentido, podemos mencionar principalmente dos tipos (Gil, 2021):
Con la aclaración anterior, vale la pena preguntarnos ¿Se encuentra garantizada la movilidad para todas y todos?
En El Salvador, existen leyes que garantizan el derecho a la movilidad de todas las personas, entre las que podemos mencionar:
Se reconoce a las personas con discapacidad el derecho a la movilidad con la mayor independencia y autonomía posibles, por lo que es obligación del Estado tomar las medidas efectivas para lograr la accesibilidad en el entorno físico, transporte, información, comunicaciones y otros servicios en instalaciones públicas o privadas de atención al público, en todo el territorio nacional. (Asamblea Legislativa, 2020, pp. 27)
Sumado a lo anterior, el ordenamiento local de Santa Tecla contempla políticas que promueven la movilidad universal, como la política metropolitana de movilidad urbana, la cual indica que:
La movilidad en sí posee una dimensión social en la que nadie puede -ni debe- ser excluido: mujeres, personas mayores, personas con discapacidad y sectores diversos de la sociedad. Lo anterior nos habla de que en la planificación de la movilidad se debe tener en cuenta esta pluralidad de actores en la toma de decisiones. (Consejo de Alcaldes y Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador [COAMSS/OPAMSS], 2020)
En la práctica se evidencian diversos factores que limitan la movilidad de las personas con discapacidad física y visual en Santa Tecla, entre los principales destacan:
De acuerdo con el Fondo de Población de las Naciones Unidas [UNFPA] y el Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad [CONAIPD] (2023, pp. 116) “Estas privaciones de movilidad bloquean el disfrute de derechos esenciales como el de la salud y educación, sino también su participación en la vida política, económica y sociocultural del país.”. Dichas barreras no solo afectan la calidad de vida de las personas, sino que actúan como frenos al desarrollo territorial al excluir a esta población de oportunidades educativas y laborales. Esta situación revela una gestión política que relega los derechos de las personas con discapacidad, sumado a una planificación urbana deficiente y una fragmentada coordinación entre instituciones. Es urgente posicionar la accesibilidad en la agenda institucional; solo mediante este compromiso se alcanzará un modelo de desarrollo inclusivo en nuestros territorios.
Referencias
Asamblea Legislativa de la República de El Salvador. (2000). Ley de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad. Decreto Legislativo N.º 888. https://www.asamblea.gob.sv/sites/default/files/documents/decretos/171117_072953003_archivo_documento_legislativo.pdf
Asamblea Legislativa de la República de El Salvador. (2020). Ley especial de inclusión de las personas con discapacidad. Decreto Legislativo N.º 672. https://conaipd.gob.sv/wp-content/uploads/2021/01/Ley-Especial-de-Inclusi%C3%B3n-de-las-Personas-con-Discapacidad.pdf
Consejo de Alcaldes y Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador [COAMSS/OPAMSS]. (2020). Política Metropolitana de Movilidad Urbana. https://opamss.org.sv/wp-content/uploads/2021/12/Politica-Metropolitana-de-Movilidad-Urbana.pdf
Fondo de Población de las Naciones Unidas [UNFPA] & Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad [CONAIPD]. (2023). Análisis sobre la situación de las personas con discapacidad en El Salvador. https://elsalvador.unfpa.org/sites/default/files/pub-pdf/analisis_personascondiscapacidad_elsalvador2023.pdf
Gil, I. (30 de junio de 2021). ¿Qué tipos de discapacidad existen? Fundación Adecco. https://fundacionadecco.org/blog/que-tipos-de-discapacidad-existen/
Organización Panamericana de la Salud. (s. f.). Discapacidad. https://www.paho.org/es/temas/discapacidad
*Este trabajo fue presentado en el marco de la asignatura Dinámicas político-institucionales del territorio, que forma parte de la malla curricular de la Maestría en Desarrollo Territorial de la UCA.